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EXPONEN
PRIMERO.-
D
jinete con licencia federativa de competición en vigor nº
tiene intención de participar en la temporada 2000, un mínimo de diez
pruebas Nacionales e Internacionales, según calendario deportivo de
la Real Federación Hípica Española, (y en su caso F.E.I.) que forma
parte como Anexo del presente contrato.
SEGUNDO.-
EL PATROCINADOR tiene interés en la oferta formulada por EL JINETE,
para la prestación de servicios publicitarios, con carácter mercantil,
sobre la base de la participación del citado jinete en las pruebas previstas,
actos relacionados con las mismas y su repercu-sión.
En consecuencia,
ambas partes pactan las siguientes,
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ESTIPULACIONES
PRIMERA
El JINETE concede al PATROCINADOR, por medio del pre-sente contrato,
el derecho a la utilización, con fines publicitarios de su nombre, voz,
imagen y figura, para campañas publicitarias y pro-mocionales para PATROCINADOR,
así como a la difusión de di-chas campañas, con o sin su participación
personal, en los actos que estime oportunos. Todas aquellas noticias
y reportajes que redunden en beneficio de la imagen del jinete y sus
patrocinadores, tendrá el derecho de difundirlas el PATROCINADOR.
SEGUNDA
La vigencia del presente contrato se contrae a la temporada deportiva
del año 2.000, de manera especial, al calendario deportivo que forma
parte como anexo del presente contrato, en el que el jinete participará
en un mínimo de diez pruebas Nacionales e Internacionales, entre los
que se encontrarán los concursos de
A estos efectos, para el supuesto de que las fechas de las competiciones
puedan sufrir variaciones, ambas partes aceptarán las modificaciones
que realice el ca-lendario oficial de la R.F.H.E.
TERCERA
El JINETE incorporará el logotipo del PATROCINADOR en su equipamiento
deportivo, en las pruebas en que participe, de acuerdo con los diseños
que aporte PATROCINADOR. El tamaño y posición de dicho logotipo de-berán
hacerlo claramente visible, ajustarán a las medidas establecidas para
cada elemento en el art. 131 del Reglamento General de la R.F.H.E, sobre
la siguiente indumentaria: Cuello camisa de concurso Chaqueta de concurso
Chaquetón Plumífero y de entre tiempo Ambos laterales de las mantillas
o sudadero Mantas de presentación, de cuadra, y de trabajo EL
JINETE, participará en los concursos con los siguientes caballos
,
y
. Estos caballos participarán con el prefijo (NOMBRE DEL PATROCINADOR)
antecediendo al nombre de los caballos en toda salida a pista o acto
publico.
CUARTA
El JINETE queda a disposición del PATROCINADOR para cualquier acción
publicitaria o promocional que ésta estime conveniente, siempre que
no se interfiera con la actividad deportiva. Para ello, PATROCINADOR
notificará, con una antelación mínima de una semana, la fecha, lugar
y actividad que deban realizar.
QUINTA
Previa presentación de las correspondientes facturas, PATROCINADOR
se compromete a abonar a JINETE la cantidad de
Ptas más IVA, abonadas de la siguiente forma
SEXTA
EL JINETE, como experto profesional en la materia, está familiarizado
con los riesgos, peligros y azares que se originan por la participación
en competiciones y el trato con caballos. Por ello, asume todas las
responsabilidades que se deriven por esos ries-gos, sin tener en cuenta
las causas, incluyendo, pero no con carácter limitativo, la monta de
cualquier caballo en entrenamientos, competición y durante pruebas,
en las cuadras, áreas de trabajo o cualquier sitio, o durante el transporte
de éstos hasta las pistas de competición.
Como consecuencia de lo anterior, el PATROCINADOR queda expresamente
exonerado de cualquier responsabilidad frente a El JINETE y frente a
terceros, por daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de accidentes
o cualesquiera otras conductas o actuaciones de los mismos.
Este contrato
no establece ningún tipo de relación laboral entre el PATROCINADOR y
JINETE SEPTIMA El presente Contrato podrá resolverse anticipada y unilateralmente
por PATROCINADOR, bastando para ello comunicación es-crita, si existiera
incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones de la otra parte.
De igual manera, se resolverá cuando el Jinete no pudiese participar,
por las causas que fueran, incluyéndose los supuestos de caso fortuito
y fuerza mayor, en cinco de las pruebas previstas.
Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente
Contrato, en duplicado, y a un solo efecto, en lugar y fecha arriba
indicado.
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