CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CABALLO


En a de de

 

REUNIDOS
DE UNA PARTE D
con DNI y domicilio
a quien en adelante nos referiremos como la PARTE VENDEDORA.

Y DE OTRA PARTE, D
con DNI y domicilio a quien en adelante nos referiremos como LA PARTE COMPRADORA

 

ANTECEDENTES

Don
es dueño de pleno dominio del caballo de nombre de años de edad, pelo raza cuyo LIC es interesando a ambas partes la compraventa del citado équido, y reconociéndose las partes mutuamente capacidad legal necesaria suscriben el presente contrato en base a las siguientes :

 

CLAUSULAS

Primera.- D en la representación que ostenta vende a D. el caballo de nombre cuya descripción se ha expresado en los antecedentes.

Segunda.- Se estipula el precio de la venta del caballo en Ptas/Euros que el vendedor confiesa haber recibido en este acto de manos del comprador.

Tercera.- Ambas partes están conforme con el estado de físico que presenta el caballo en el momento de la suscripción del presente contrato, no obstante, de conformidad con lo estipulado en el art. 1496 del código civil, durante los cuarenta días siguientes desde la entrega de caballo, podrán ser ejercitadas por el comprador las acciones de saneamiento fundadas en un vicio oculto del caballo.

Cuarta.- En presente acto se hace entrega del caballo y de su documentación a la PARTE COMPRADORA, quedando a cargo de esta el desplazamiento y traslado del caballo hasta su lugar de destino.

 

EL VENDEDOR

EL COMPRADOR